MEDICIONES AMBIENTALES NORMATIVIDAD - UNA VISIóN GENERAL

mediciones ambientales normatividad - Una visión general

ARTÍCULO 221. El núexclusivo total de extinguidores no será inferior a individualidad por cada 200 metros cuadrados de local o fracción. Los extinguidores se colocarán en las proximidades de los lugares de anciano aventura o peligro y en sitios que se encuentren libres de todo obstáculo que permita comportarse rápidamente y sin dificultad.AR

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